Cómo funciona la factura electrónica en Argentina
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa ha publicado la Resolución 480/2024, que establece un plazo de 21 días corridos, vigente desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, para aceptar o rechazar las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs. Este mismo plazo se aplica a las disposiciones de los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 27.440, conocida como “Ley de Financiamiento Productivo”, y a la inscripción de dichas facturas en el registro correspondiente.
La factura electrónica en Argentina es obligatoria para todos los contribuyentes, incluidos los monotributistas. Existen diferentes tipos de facturas electrónicas, también denominadas comprobantes electrónicos, dependiendo de la condición impositiva tanto del emisor como de receptor. Su validez depende de la aprobación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Tabla de contenidos [Ocultar]
- Contribuyentes obligados a facturar electrónicamente
- Tipos de comprobantes fiscales en Argentina
- Emisión de comprobantes electrónicos
- Requisitos para la emisión de factura electrónica en Argentina
- Código de Autorización Electrónico (CAE): Verificación de comprobantes electrónicos en línea
- Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMe
- Factura-T en el sector hotelero de Argentina
- Remito Electrónico Cárnico (REC) en el sector pecuario
- Código QR en las facturas electrónicas
- Plataforma global de factura electrónica EDICOM
Contribuyentes obligados a facturar electrónicamente
Estos son los sujetos que deben emitir factura electrónica o utilizar controladores fiscales para respaldar todas sus operaciones realizadas en el mercado interno:
- Inscritos en el Impuesto al Valor Agregado.
- Exentos en el Impuesto al Valor Agregado.
- Monotributistas.
- Quienes desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la RG 3749.
- Exportadores, por la RG 2758.
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la RG 3411.
Por su parte, deben emitir obligatoriamente facturas electrónicas:
- Quienes desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la RG 3749.
- Exportadores, por la RG 2758.
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la RG 3411.
Tipos de comprobantes fiscales en Argentina
Dependiendo del tipo de operación se establecen los siguientes tipos de comprobantes:
- Facturas, tiques y tiques factura
- Facturas de exportación
- Comprobantes de compra de bienes usados a consumidores finales, emitido por el comprador de los bienes.
- Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios.
- Notas de débito y/o crédito y tiques notas de débito y/o crédito.
- Documentos equivalentes a los indicados precedentemente: instrumentos que, de acuerdo con los usos y costumbres sustituya el empleo de la factura o remito, siempre que individualice correctamente la operación, cumpla con los requisitos establecidos, para cada caso y se utilice habitualmente en la actividad del sujeto emisor
- En operaciones de pasaje de productos agropecuarios: Tiques de balanza, Documento equivalente.
Según el tipo de contribuyente se emite un tipo de factura:
- Los responsables inscritos emiten factura A cuando vendan o presten servicio a otros responsable inscritos y a monotributistas. Pero si emiten factura a consumidor final o exentos será factura tipo B.
- Los monotributistas emiten facturas tipo C a todos los contribuyentes.
- Factura E es la factura de exportación. La emite cualquiera de los contribuyentes (responsables inscritos, monotributistas), cuando se realicen operaciones de exportación.
- Dentro de la factura A hay subtipos:
- Factura A con leyenda operación sujeta a retención.
- Factura M, también debe llevar la leyenda operación sujeta a retención.
- Factura T la emiten los responsables inscritos a turistas extranjeros.
Emisión de comprobantes electrónicos
Existen dos modalidades de emisión de los comprobantes fiscales: a través de controlador fiscal o mediante sistema electrónico de facturación. Los responsables inscritos o exentos en el impuesto al valor agregado y los monotributistas pueden elegir una de las dos modalidades.
Por su parte, las micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME) en las operaciones que realicen con una empresa grande u otra MiPyME que se haya adherido al régimen de "Factura de Crédito Electrónica MiPyME", deberán emitir exclusivamente facturación electrónica.
Los controladores fiscales son dispositivos autorizados por la AFIP, se requiere uno por cada punto de venta. A través de los controladores fiscales se procesan, registran y emiten comprobantes, al mismo tiempo que se registran todas las operaciones.
El sistema electrónico de facturación lo proporciona un proveedor vía webservice y se utiliza el formato XML; también puede optar por utilizar el programa aplicativo de la AFIP o el sistema de Comprobantes en línea y generar las facturas directamente desde el portal de la AFIP. En todo caso la elección dependerá del volumen de facturas que se deba gestionar.
Requisitos para la emisión de factura electrónica en Argentina
Para facturar en Argentina el contribuyente debe estar inscrito en AFIP. Para confeccionar las facturas, recibos, notas de crédito y notas de débito electrónicos originales, los sujetos obligados deberán solicitar a la Administración Federal el Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) vía Internet a través del sitio web institucional.
Cada vez que reciba una factura de proveedor se debe verificar la validez del comprobante, que está aprobada por AFIP. Se puede corroborar a través de la web de AFIP. Es necesario para cerciorarse de que no se trata de una factura apócrifa. Además, es obligatorio para emisor y receptor el almacenamiento del comprobante fiscal por un periodo de 10 años. Asimismo, todas las facturas electrónicas emitidas por los contribuyentes deben incluir un código QR.
Código de Autorización Electrónico (CAE): Verificación de comprobantes electrónicos en línea
La AFIP, habilita una conexión con su plataforma de registro de comprobantes para la verificación en tiempo real de las facturas recibidas, resolviendo si efectivamente han sido autorizadas por la AFIP. De este modo se automatiza el proceso de obtención y registro del CAE (Código de Autorización Electrónico) para incluirlo en las facturas verificadas mediante las oportunas conexiones WebServices con la AFIP.
Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs
La Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs (FCEM) permite a las empresas MiPyMEs proveedoras de grandes empresas cobrar el crédito por anticipado. La AFIP creó este sistema para impulsar el financiamiento de capital de trabajo y mejorar la seguridad de cobro para las PyMEs proveedoras de grandes empresas. Los requisitos para formar parte de este régimen son que ambas partes deben tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y que los emisores de factura de crédito electrónica deben registrar una CBU.
El procedimiento de aceptar o cancelar una Factura de Crédito Electrónica (FCE) implica que la empresa receptora puede elegir entre:
- Cancelar la FCE e informar en el Registro de FCE a cargo de AFIP.
- Rechazar la FCE, únicamente por las causales de rechazo previstas en el artículo 8° de la Ley N° 27.440 (errores, vicios, defectos, divergencias).
- Aceptar expresamente la FCE, en cuyo caso ésta se convierte en un título ejecutivo y valor no cartular.
Una vez transcurridos los plazos de tiempo para la cancelación o rechazo, la FCE quedará aceptada tácitamente. Una vez aceptada la FCEM expresa o tácitamente, y de acuerdo con la elección que la Mipyme haya efectuado al momento de la emisión, la factura será negociada de la siguiente manera:
- Agente de Depósito Colectivo: AFIP notifica a la empresa grande el nuevo domicilio de pago y además transfiere la FCE al Agente de Depósito Colectivo.
- Sistema de Circulación Abierta: La MyPyME puede endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde el Home Banking. Este sistema entró en vigor el 1 de abril. A partir de esa fecha, tanto las Mipymes como las grandes empresas deben tener actualizados sus sistemas de facturación con estos manuales.
Factura-T en el sector hotelero de Argentina
El gobierno argentino implementó medidas para fomentar el turismo extranjero, incluida la eliminación del IVA para los turistas alojados en hoteles del país. Desde septiembre de 2017, la AFIP estableció el uso obligatorio de la Factura-T en hoteles, reemplazando las facturas convencionales A y B para servicios de alojamiento y desayuno. Este sistema busca aumentar la llegada de turistas al ofrecer un descuento inmediato en los servicios y mejorar la competitividad del sector, además de facilitar el control fiscal.
La Factura-T permite a los hoteles reembolsar automáticamente el impuesto sobre el alojamiento y desayuno incluido en la tarifa de pernoctación. Para adherirse, los hoteles deben estar registrados en el IVA, solicitar autorización de emisión a la AFIP y cumplir con el régimen de información mensual. Este requisito se aplica a varios tipos de establecimientos hoteleros, incluidas agencias de viajes, y exige que los pagos se realicen con tarjeta extranjera o transferencias desde el exterior, excluyendo el efectivo, y verificando la residencia extranjera de los huéspedes.
Remito Electrónico Cárnico (REC) en el sector pecuario
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución 5259/2022, estableció la obligación de consignar el número de Remito Electrónico Cárnico (REC) en los comprobantes electrónicos de facturación que respaldan las operaciones de venta de carnes y subproductos derivados de la faena de las especies bovina/bovina y porcina. Esto significa que los Remitos Electrónicos Cárnicos – REC y los comprobantes electrónicos deberán estar vinculados tras el proceso de emisión de la factura electrónica.
Al momento de construir el comprobante electrónico de facturación, se deberá seleccionar la actividad por la cual se está realizando el mismo, con el objeto de identificar el o los “REC” emitidos a incorporar en dicho documento. La vinculación tendrá como condiciones mínimas:
- El sujeto receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada
- El “REC” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente o, en su caso, emitido y vigente de acuerdo al artículo 7° de la Resolución General N° 4.256 y sus modificatorias.
En el caso de remitos emitidos según los términos del artículo 12 de la resolución general, la vinculación deberá efectuarse una vez que los mismos se encuentren informados de acuerdo a lo establecido en dicha norma.
Código QR en las facturas electrónicas
La Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina (AFIP), a través de la resolución general 4892/2020 recoge la obligación de agregar un código QR a los comprobantes electrónicos que codifique los datos de identificación y el contenido del comprobante emitido.
La norma se aplica desde de diciembre de 2020 para contribuyentes que tramiten la autorización de emisión de comprobantes electrónicos mediante el intercambio de información basado en el sistema WebService. Cuando la solicitud de autorización de emisión del comprobante electrónico se realice mediante el servicio “Comprobantes en línea” y/o la aplicación “Facturador Móvil”, el propio sistema incorporará el código QR al comprobante autorizado. El código QR deberá contener la siguiente información:
- Fecha de emisión.
- CUIT del emisor.
- Punto de venta.
- Tipo de comprobante.
- Número de comprobante.
- Importe total.
- Moneda de facturación y cotización.
- Tipo y número del documento del receptor.
- Código del tipo de autorización y código.
Plataforma global de factura electrónica EDICOM
EDICOM, como proveedor internacional de factura electrónica, ha desarrollado una plataforma única que facilita el cumplimiento especificaciones técnicas y legales en los distintos países en los que opere su empresa. A través de la plataforma las empresas pueden automatizar la generación, envío, declaración y almacenamiento de los comprobantes electrónicos, según los requerimientos que exige la AFIP.
La solución automatiza el proceso de obtención y registro del CAE para incluirlo en las facturas mediante las oportunas conexiones WebService con la AFIP. Además, implementa servicios específicos de resguardo de los originales electrónicos durante el periodo que establece la legislación a través de un sistema de almacenamiento electrónico de larga duración que garantiza la integridad y autenticidad de los documentos.