Todo sobre el sistema de facturación electrónica de Perú
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) postergó hasta enero del 2025 el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Perú es considerado uno de los países con uno de los modelos de factura electrónica más extendido en Latinoamérica. Su proyecto de masificación llamado Sistema de Emisión Electrónica – SEE, se encuentra a las puertas de finalizar su implementación con la incorporación del 100% de las empresas del país. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), autoridad fiscal de Perú, es quien coordina el funcionamiento del SEE.
Índice de contenidos [Ocultar]
- Estado de masificación de la factura electrónica en Perú
- Comprobante de pago electrónico – CPE y plazos de envío
- Tipos de Comprobantes de Pago Electrónicos:
- Formato CPE
- Almacenamiento CPE
- Sistema de Emisión Electrónica – SEE
- Requisitos para ser emisor electrónico en Perú
- Plataforma de factura electrónica internacional EDICOM
Estado de la factura electrónica en Perú
En 2022, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) se enfocó en concluir el proceso de implementación de la facturación electrónica, extendiendo su alcance a las empresas pendientes en el país, especialmente a las medianas y pequeñas contribuyentes que aún no habían adoptado este sistema. Actualmente, el 100% de los contribuyentes están requeridos a emitir y recibir facturas en formato electrónico, gracias a los esfuerzos realizados por la administración tributaria.
La SUNAT emite resolución que prorroga la obligatoriedad del RVIE y el RCE hasta enero de 2025
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha publicado en el diario oficial de Perú la Resolución de Superintendencia No. 000145/2024, que extiende el plazo para la obligatoriedad del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
La prórroga otorga a los contribuyentes un período adicional de cinco meses, permitiendo así un mayor tiempo para preparar y ajustar sus procesos de cara a un cumplimiento adecuado. De esta manera, la obligatoriedad, inicialmente establecida para agosto de 2024, se posterga hasta enero de 2025.
Las disposiciones de la Resolución No. 000145/2024 afectan a aquellos contribuyentes que no hayan adquirido la obligación de llevar los registros en el Sistema de Libros Electrónicos (SLE), el Programa de Libros Electrónicos (PLE) o el SLE – Portal, entre los períodos de julio de 2023 y diciembre de 2024. Asimismo, excluye a quienes no pertenecen a ciertos regímenes tributarios específicos, como el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario, a menos que estén específicamente excluidos.
No obstante, se mantiene la obligatoriedad de uso del SIRE a partir de agosto de 2024 para aquellos contribuyentes que, al 31 de julio de 2024, estén obligados a llevar el RVIE y el RCE y pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario. Además, se establece la obligatoriedad para todos los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, estén obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras, y no estén comprendidos en ninguno de los supuestos anteriores.
Comprobante de pago electrónico – CPE y plazos de envío
Los comprobantes de pago electrónicos son el nombre que reciben los documentos fiscales en formato electrónico tales como facturas, boletas de ventas o notas de créditos en Perú. Un CPE es todo documento regulado por la SUNAT que acredita la entrega de bienes o servicios.
La normativa anterior, fijada a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000193-2020/SUNAT obligaba a remitir las facturas el día de calendario siguiente a la fecha de emisión. La SUNAT detecto que dicho porcentaje de emisión era inferior al 90% del total de las facturas electrónicas enviadas.
Por lo tanto, se observó la conveniencia de reevaluar lo dispuesto en la anterior resolución y a través de la publicación de una nueva resolución Nº 000003-2023/SUNAT, ampliar el citado plazo hasta el tercer día calendario siguiente al de la fecha de emisión de la factura electrónica.
Otras modificaciones en el sistema de factura electrónica en Perú reguladas en la Resolución Nº 000003-2023/SUNAT.
El emisor electrónico debe remitir a la SUNAT un ejemplar de:
- El DAE, el recibo electrónico SP y la nota electrónica vinculada a aquellos en la fecha de emisión consignada en dichos documentos o incluso hasta en un plazo máximo de siete días calendario contado desde el día calendario siguiente a esa fecha.
- La liquidación de compra electrónica en la fecha de emisión consignada en dichos documentos o incluso hasta el día calendario siguiente a esa fecha.
- La factura y la nota electrónica vinculada a aquella en la fecha de emisión consignada en dichos documentos o, incluso, hasta en un plazo máximo de tres días calendario contado desde el día calendario siguiente a esa fecha.
Tipos de Comprobantes de Pago Electrónicos
- Factura.
- Boleta de venta (Individual o Resumen diario).
- Notas de crédito
- Notas de débito.
- Comprobante de retenciones (CRE).
- Comprobante de percepciones (CPE).
- Guía de remisión.
- Recibo de Servicio Público.
- Liquidaciones electrónicas de compra
Formato CPE
Los CPE deben ser generados en el formato estándar UBL V2.1 (Universal Business Language), basado en XML y desarrollado por el comité técnico de la organización OASIS.
Almacenamiento CPE
Los comprobantes de pago deben ser almacenados tanto por los emisores como por los receptores. En el caso de los emisores estos deben poner a disposición de los receptores los CPE al menos durante un año para su consulta, impresión o descarga, garantizando la confidencialidad de los mismos.
Los emisores electrónicos deberán almacenar, archivar y conservar todos los CPEs así como los resúmenes diarios y constancias de rechazo tanto por medios magnéticos, ópticos u otros.
Sistema de Emisión Electrónica – SEE
El Sistema de Emisión Electrónica viene regulado por la Resolución nº300/2014 de la SUNAT. Para poder emitir CPE los contribuyentes deben contar con Proveedor de Servicios Electrónicos – PSE quien se encargará de la construcción y firma de los comprobantes. Los comprobantes de pago electrónico emitidos deben ser validados previamente por un Operador de Servicios Electrónicos (OSE-SEE). El OSE-SEE verifica la validez de los CPE emitiendo la Constancia de Recepción – CDR. EL OSE-SEE transmite el CDR tanto al emisor del comprobante electrónico como a la SUNAT, a quien además adjunta el XML del CPE.
Requisitos para ser emisor electrónico en Perú
- Disponer del número de Registro Único de Contribuyente (RUC).
- Estar registrado como emisor electrónico en el SEE.
- Estar en posesión de un certificado digital.
- Contar con un Proveedor de Servicios Electrónicos – PSE y un Operador de Servicios Electrónicos (OSE-SEE).
Digitalización del Factoring de facturas electrónicas
Este sistema aprobado por la autoridad fiscal peruana (SUNAT) permite vincular facturas comerciales con facturas negociables para obtener liquidez rápidamente y continuar operando.
Entre los aspectos más importantes destaca que el adquiriente electrónico deberá Aceptar (Conformidad) o Rechazar (Disconformidad) las Facturas Electrónicas de sus proveedores electrónicos antes de los 8 días hábiles de haberlas recibido. Dicha respuesta es de obligado cumplimiento para el receptor de los Comprobantes Electrónicos, si desea hacer uso del crédito fiscal.
La nueva ley amplía el número de empresas que pueden emitir activos financieros y brinda mayor confiabilidad y seguridad a las órdenes de compra emitidas. Esto es crucial para la economía al facilitar el financiamiento para MIPYMEs, startups y empresas de todos los tamaños.
Convertir facturas y órdenes de compra del Estado en títulos valor es una forma efectiva de mejorar el flujo de efectivo de las empresas, proporcionándoles la liquidez necesaria para mantener sus operaciones diarias y asegurar futuros trabajos.
El acceso al financiamiento de corto plazo para capital de trabajo es uno de los mayores desafíos que enfrentan las micro, pequeñas y medianas empresas. La falta de este tipo de financiamiento a menudo resulta en escasez de efectivo, lo que puede afectar negativamente el rendimiento y el crecimiento económico.
En este sentido, cabe destacar que EDICOM ofrece una solución de factura electrónica, adaptada a las condiciones que establece la SUNAT, que permite automatizar todo el proceso. Nuestra plataforma se comunica con la plataforma de la SUNAT de forma integrada tanto para comunicar su conformidad o disconformidad como para la recepción de mensajes que pueda recibir de sus clientes. De esta manera, usted recibirá de forma centralizada todas las comunicaciones en su propia solución, sin necesidad de acceder a la plataforma de la SUNAT.
Plataforma de factura electrónica internacional EDICOM
EDICOM pone a disposición de los contribuyentes una solución de factura electrónica que automatiza los procesos y está adaptada a los requerimientos que establece la SUNAT. La solución de EDICOM simplifica el proceso de emisión y recepción de Comprobantes de Pago Electrónicos. La plataforma de EDICOM le permite emitir, firmar, validar con la SUNAT y enviar los CPE’s a la vez, automatizando todo el proceso e integrando todas las comunicaciones con su ERP.
Este servicio transforma los datos al esquema XML exigido, garantiza la integridad a través de la firma electrónica y declara los documentos a la SUNAT.
La plataforma de EDICOM está preparada tanto para la emisión de documentos electrónicos a la SUNAT, el envío a los destinatarios y la recepción de CPEs por parte de los destinatarios. El envío a los destinatarios se puede realizar de forma electrónica, aunque éstos no dispongan de una solución EDI. La solución reconoce al destinatario de la factura, y en función de quién sea el receptor, gestiona su envío por el canal requerido para cada cliente.
- Destinatarios con una solución de factura electrónica: Los partners reciben de forma automática el comprobante de pago electrónico en el esquema XML designado por la SUNAT, preparado para ser procesado por su solución e integrado con su sistema de gestión interno.
- Destinatarios sin solución de factura electrónica: La factura es publicada en el servicio Business@Mail, un portal web con altos niveles de seguridad, al que se conectan sus receptores para consultar y descargar las facturas. Con este sistema, el emisor electrónico de facturas automatiza el 100% de la emisión de los comprobantes de pago, que llegaran a su destino.
Además, la Plataforma Global e-Invoicing está preparada para emitir facturas electrónicas no solo conforme a los requisitos de Perú, sino que está adaptada a más de 70 países de todo el mundo. Es decir, se trata de una solución escalable y completa para cualquier compañía multinacional.