Nuevas medidas en la Factura de Crédito Electrónica MiPyME

La Resolución N° 322/2023 prorrogó el plazo de 21 días corridos hasta el 30 de septiembre de 2023 para la aceptación expresa, aceptación tacita y el rechazo de las facturas de crédito electrónicas, modificando así lo establecido en los artículos 4°, 5°, 6° y 8° de la Ley 27.440.
Actualización del universo de “empresas grandes” en el régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs
La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a través de la Resolución Nº 269/2023, difirió el plazo para que las empresas excluidas del universo de “empresas grandes” dejen de ser sujetos obligados del Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs.
El nuevo plazo establece que estas empresas dejarán de estar obligadas al Régimen a partir del primer día hábil del mes de agosto posterior a la publicación que realiza la AFIP del universo actualizado de empresas cuyas ventas totales anuales superan los valores máximos establecidos por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para la categoría “Mediana tramo 2” del sector que corresponda según la actividad principal declarada.
El diferimiento se establece a fin de otorgar un mayor plazo para adecuar los sistemas informáticos, de administración y de pagos, para el correcto funcionamiento del Régimen.
¿Qué es una Factura de Crédito Electrónica MiPyME?
La Factura de Crédito Electrónica Mipyme (FCEM) permite a las empresas Mipymes proveedoras de grandes empresas cobrar el crédito por anticipado. La AFIP creó este sistema para impulsar el financiamiento de capital de trabajo y mejorar la seguridad de cobro para las Mipymes proveedoras de grandes empresas. Los requisitos para formar parte de este régimen son que ambas partes deben tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y que los emisores de factura de crédito electrónica deben registrar una CBU.
Los comprobantes que respaldan estas operaciones son:
- Factura de crédito electrónica Mipyme (FCE) A
- Nota de débito electrónica Mipyme (FCE) A
- Nota de crédito electrónica Mipyme (FCE) A
- Factura de crédito electrónica Mipyme (FCE) B
- Nota de débito electrónica Mipyme (FCE) B
- Nota de crédito electrónica Mipyme (FCE) B
- Factura de crédito electrónica Mipyme (FCE) C
- Nota de débito electrónica Mipyme (FCE) C
- Nota de crédito electrónica Mipyme (FCE) C
Monto mínimo para la emisión de Factura de Crédito Electrónica
La Secretaría de Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo Productivo actualizó los valores de las ventas totales para que una empresa sea considerada MiPyME. La decisión de dicha dependencia también actualiza el monto mínimo a partir del cual las empresas deben emitir obligatoriamente una factura de crédito electrónica a $546.737.
¿Cómo funciona el procedimiento de aceptar o cancelar una Factura de Crédito Electrónica?
La empresa receptora de una FCEM puede optar entre:
- Cancelar la FCE e informar en el Registro de FCE a cargo de AFIP.
- Rechazar la FCE, únicamente por las causales de rechazo previstas en el artículo 8° de la Ley N° 27.440 (errores, vicios, defectos, divergencias).
- Aceptar expresamente la FCE, en cuyo caso ésta se convierte en un título ejecutivo y valor no cartular.
Una vez transcurridos los plazos de tiempo para la cancelación o rechazo, la FCE quedará aceptada tácitamente.
Una vez aceptada la FCEM expresa o tácitamente, y de acuerdo con la elección que la Mipyme haya efectuado al momento de la emisión, la factura será negociada de la siguiente manera:
- Agente de Depósito Colectivo: AFIP notifica a la empresa grande el nuevo domicilio de pago y además transfiere la FCE al Agente de Depósito Colectivo.
- Sistema de Circulación Abierta: la MyPyME puede endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde el Home Banking. Este sistema entró en vigor el 1 de abril. A partir de esa fecha, tanto las Mipymes como las grandes empresas deben tener actualizados sus sistemas de facturación con estos manuales.
Beneficios de las FCEM para las Mipymes
El régimen de FCEM tiene como finalidad desarrollar un mecanismo que mejore las condiciones de financiación de dichas empresas y les permita aumentar su productividad, mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores, con los que hubieran celebrado una venta de bienes, locación de cosas muebles u obras o prestación de servicios a plazo.
Entre otras, las ventajas para las Mipymes son:
- Menor costo de financiamiento, ya que el titular de la deuda es la empresa grande.
- Menor riesgo para la Mipyme: como no es responsable por el pago, no enfrenta el riesgo a una causa judicial en caso de incumplimiento (es una operación sin recurso).
- No consume cupo de crédito Mipyme: al no ser deuda del emisor, no reduce el cupo de crédito disponible para ser recibido como préstamo.
- No se necesita garantía para ser negociada.
- Hay diversas alternativas para su negociación: mercado de capitales o entidades bancarias. Puede ser negociadas también mediante sistemas informáticos que faciliten la realización de operaciones de factoraje
¿Cómo automatizar la gestión de sus Facturas de Crédito Electrónicas?
Desde la plataforma integral de factura electrónica de EDICOM es posible automatizar la gestión de todas sus facturas de crédito electrónicas para agilizar y optimizar sus procedimientos contables.
Tras la emisión de la FCE, nuestra plataforma se conecta con el DFE y la AFIP para recibir las notificaciones de emisión de FCE para proceder a la aceptación o rechazo. Posteriormente, la información recibida sobre las FCE es integrada en su ERP para consolidar la gestión de los comprobantes. Los documentos integrados de forma inmediata pueden ser tratados de forma ágil y eficaz por los departamentos involucrados.