Factura electrónica

Cómo afecta la factura electrónica al uso del talonario en Argentina

factura electrónica argentina

La incorporación de la factura electrónica en Argentina ha cambiado la relación del contribuyente con la administración y también la forma de relacionarse. A partir del pasado 1 de abril, antes de proceder a la impresión de los comprobantes, el contribuyente inscrito en el IVA tiene que realizar un trámite de aprobación previo en la página web de la AFIP.

Pero, ¿cómo relacionar las nuevas facturas con las realizadas con anterioridad? ¿Se parte desde cero? ¿Existe una numeración especial? la factura electrónica también afecta al uso del talonario en Argentina. Y es que la impresión de las nuevas facturas debe continuar la numeración que se seguían en los viejos talonarios. Sin embargo, hay ciertas especificaciones que cabe la pena tener en cuenta.

Por un lado los contribuyentes exentos de IVA, que deberán haber renovado todos los talonarios antes del 28 de febrero. Dicho trámite deberá haberse realizado desde la propia página de la AFIP, incluyendo el código de autorización de impresión o CAI.

Por su parte, los monotributistas están obligados a reimprimir sus facturas ya desde que comenzó el año. Desde el 1 enero de 2015 deben también imprimirlas incluyendo el CAI. Con la factura electrónica, la numeración es correlativa en estos casos empezando a partir del número 1.

También cambian las cosas para los exportadores de servicios. Éstos deben emitir la factura electrónica "E" en reemplazo del comprobante manual y utilizando uno de los tres sistemas de facturación disponibles: el sistema Comprobante en línea, el sistema Facturador Plus o intercambiando información con la AFIP. La primera modalidad aún no estará disponible hasta el 1 de enero de 2016.

La introducción de la facturación electrónica en Argentina también es extensible a los comercios de siempre. Éstos pueden emitir tickets sin el tope de los $1.000, mientras que antes obligaba a entregar varios comprobantes para las compras que superaban esa cantidad.

¿Y qué ocurre con aquellos que transportan bienes y la impresión de comprobantes? En esta ocasión, los monotributistas y los exentos sólo pueden utilizar los remitos "R", quedando por tanto sin efecto los que se utilizaban con la letra "X". La ley lo exige ya tanto para los pequeños contribuyentes como para los que están exentos.

Y por último, queda sin uso del formulario manual 446/C, que servía para dar de alta y de baja los puntos de venta (o de facturación). En su reemplazo el trámite se debe realizar desde la página Web de la AFIP, bajo la opción A/B de puntos de venta.

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