Factura electrónica

Argentina: El Remito Electrónico Cárnico (REC) deberá estar vinculado a los comprobantes de facturación en el sector pecuario

Remito electrónico cárnico  REC

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución 5259/2022, estableció la obligación de consignar el número de Remito Electrónico Cárnico (REC) en los comprobantes electrónicos de facturación que respaldan las operaciones de venta de carnes y subproductos derivados de la faena de las especies bovina/bovina y porcina. Esto significa que los Remitos Electrónicos Cárnicos – REC y los comprobantes electrónicos deberán estar vinculados tras el proceso de emisión de la factura electrónica. 

Esta norma entrará en vigor y resultará de aplicación optativa para los comprobantes electrónicos de facturación que deban emitirse a partir del 15 de noviembre de 2022 y obligatoria para aquellos que se emitan desde el 15 de diciembre de 2022, ambas fechas inclusive.

¿Qué es el Remito Electrónico Cárnico (REC)?

El Remito Electrónico Cárnico (REC) es el único documento válido, para el traslado automotor dentro del territorio de la República Argentina, de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas. También se puede utilizar para amparar el traslado de otros artículos y/o productos que tengan su origen en el procesamiento de carnes y subproductos de hacienda bovina y porcina.

Obligados a emitir el Remito Electrónico Cárnico (REC)

Se encuentran obligados a su utilización los frigoríficos y establecimientos faenadores, usuarios de faena, abastecedores, despostaderos, consignatarios de carnes, consignatarios directos y todo receptor de carnes y/o subproductos de faena – comestibles e incomestibles- para su posterior remisión (cámaras de frío, etc.)

Vinculación de comprobantes electrónicos de facturación

Al momento de construir el comprobante electrónico de facturación, se deberá seleccionar la actividad por la cual se está realizando el mismo, con el objeto de identificar el o los “REC” emitidos a incorporar en dicho documento.

La vinculación tendrá como condiciones mínimas:

  • El sujeto receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada
  • El “REC” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente o, en su caso, emitido y vigente de acuerdo al artículo 7° de la Resolución General N° 4.256 y sus modificatorias.

En el caso de remitos emitidos según los términos del artículo 12 de la resolución general, la vinculación deberá efectuarse una vez que los mismos se encuentren informados de acuerdo a lo establecido en dicha norma.

¿Cómo vincular los Remitos Electrónicos Cárnicos a las facturas de venta?

La plataforma de factura electrónica de EDICOM facilita los procesos de implementación de las nuevas obligaciones tributarias. Nuestra solución permite a las empresas del sector pecuario automatizar la emisión de los comprobantes electrónicos de facturación y la consignación de los números de Remito Electrónico Cárnico (REC) según los requerimientos que exige la AFIP. 

En el proceso de emisión del comprobante electrónico de facturación, nuestra plataforma consigna el numero de REC y vincula el remito al comprobante para agilizar y optimizar sus procedimientos de facturación derivados de las operaciones de venta de carnes.

Mejora de la comercialización de la carne en el sector pecuario

La Administración Federal detectó sujetos destinatarios de mercaderías trasladadas que no son los receptores de las facturas o los comprobantes equivalentes, y que la operatoria utilizada trae aparejado beneficios financieros e impositivos para los operadores del sector que desarrollen sus actividades fuera del marco legal.

Para impedir estas malas prácticas, se establece el procedimiento para consignar en los comprobantes electrónicos que respaldan las operaciones de venta de carne y/o subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovina/bubalina y porcina, el o los números de aquellos “Remitos Electrónicos Cárnicos” vinculados. Esta medida permitirá dotar de mayor transparencia al sector, combatir la competencia desleal, completar el circuito de trazabilidad de la cadena cárnica y evitar maniobras evasivas que promueven la marginalidad y distorsión del mercado.

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